¡POR FIN! PARA SEGUIR COMPLETANDO EL COMBO DE SERVICIOS PARA LA FARMACIA COMO LA VALIDACION Y LOS ESCANERS, HA LLEGADO LA RECETA ELECTRONICA, UNA IMPLEMENTACION DE PAMI QUE PROMETE LIBERARNOS DE DEBITOS, DISCUSIONES CON LOS PACIENTES POR NUMEROS ILEGIBLES Y OTRAS MALASANGRES.
POR AHORA SOLO SE CONSIGUE EN LA CAPITAL, PERO NUNCA SE SABE.
La receta electrónica es un proyecto de larga data que busca implementarse en la Argentina desde hace algunos años.
Algunos países, como España, ya se encuentran realizando pruebas para su implementación, sin embargo la aplicación de este nuevo soporte para las recetas no parece traer solamente buenas noticias, ya se está hablando de un incremento en el gasto farmacéutico en algunas regiones.
La edición de abril del 2007 de EL COMPRIMIDO contenía una entrevista al colega Miguel Alberdi sobre su proyecto para una “Receta Electrónica”.
Sobre este tema hace pocos días el colega Alberdi contaba como "...los españoles copiaron (el modelo que actualmente se aplica en la república ibérica) de mi sitio www.farmakos.com en 2003.
Lo sé porque me llamaron por teléfono. Ahora es un éxito en España y se extiende por Europa. Yo la inventé en 2001, hay testimonio de eso en los registros del Ministerio de Salud de la Nación.
Veo diariamente como sufren mis colegas con el tema de las validaciones, el rechazo de las recetas y tantos otros temas relacionados con la administración de la prescripción y dispensación. Mi sistema es superador de todos esos problemas.
Quisiera que las autoridades del Colegio de Farmacéuticos de la provincia me ayudaran en este proyecto, porque obviamente es necesario una ley para implementarla, sería grandioso, pondría a la Argentina en la vanguardia en esta tecnología, porque los españoles la hicieron muy mal".
El comentario del colega ganó importancia en estos días con el anuncio que la empresa Farmalink emitió el 14 de junio de este año, luego replicado casi textualmente por nuestra Confederación Farmacéutica (COFA) que anuncia el desembarco de la bendita receta electrónica en un hospital capitalino y advierte sobre posibles pacientes en tránsito que puedan requerir su medicación presentando estas nuevas recetas:
"Estimado Farmacéutico: Deseamos comunicarle que a partir del día 20 de junio se pondrá en vigencia un nuevo recetario de Pami el cual coexistirá con los actuales.
En esta primera etapa serán recetas electrónicas que emitirán sólo los médicos integrantes del Centro Asistencial César Milstein (ex Cefrán) destinadas a los beneficiarios del Instituto (se adjunta modelo) y también a aquellos afiliados pertenecientes al Plan de Salud de la ex AFFB (ex Cefrán) las cuales tendrán una leyenda de agua con la reseña: ´Conf. Resol. Judic. de 19/02/10´.
Dichas recetas deben validarse on line bajo el mismo procedimiento que se usa actualmente para las prescripciones ambulatorias de Pami y bajo los mismos parámetros de cobertura (la Norma de Dispensación es la misma que para los recetarios actuales).
Con respecto a los datos contenidos en esta nueva receta electrónica cabe aclarar que la prescripción del médico está hecha por computadora (no manuscrita) pero sí debe estar en original y manuscrita la firma y sello del profesional prescriptor. Los datos faltantes como cantidad entregada, porcentajes de descuento, importes totales y unitarios e importes a cargo de la entidad y del afiliado deben constar en la copia del ticket fiscal o comprobante de venta, el cual es obligatorio que se adjunte a la receta.
La firma y los datos del que retira los medicamentos deben constar tanto al dorso de la receta como en la copia del ticket. La firma y sello del profesional farmacéutico debe constar al dorso de la receta. La presentación física de estas recetas se realiza en los mismos lotes que las recetas ambulatorias y bajo las normas y cronograma de presentación vigente".
El anuncio está claramente respaldado por las autoridades del PAMI que en su sitio en internet ofrecen un tutorial a los médicos prestadores y editorializan sobre el emprendimiento:
"Este sistema fue desarrollado con la finalidad de reducir la carga administrativa para el profesional médico mediante la emisión computarizada de recetas, asistirlo en el adecuado seguimiento sobre la historia diagnóstica y farmacológica del paciente".
Lo grave del asunto, como indican las autoridades farmacéuticas provinciales, es que "...conforme a la legislación farmacéutica vigente en esta Provincia de Buenos Aires al Farmacéutico dispensador la Ley le veda la posibilidad de despachar recetas ´que no estén prescriptas de puño y letra del profesional´ entiéndase profesional médico (artículo 36 Ley 10606)" por lo cual el colega que pueda recibir una receta de este tipo queda expuesto frente al paciente y la norma que rige nuestra práctica profesional.
¿Que debemos hacer?
¿Dispensar la receta o explicarle al paciente que el Estado ha propuesto una modalidad de atención que la ley no tipifica?
Nuestros dirigentes deben saber que los farmacéuticos en el mostrador no tenemos autoridad de deliberación en estos temas y debemos ajustarnos a la normativa vigente, tanto a nivel provincial como nacional.
Las leyes que regulan el ejercicio profesional de médicos y farmacéuticos no son una mera formalidad.
En los documentos que envían la COFA, Farmalink y el PAMI como muestra de los nuevos modelos, se puede observar una receta de la cual ha desparecido el espacio dirigido a los farmacéuticos en el cual se certificaba el acto profesional.
Este desconocimiento de nuestras incumbencias y nuestro rol en el equipo de salud y en la cadena de comercialización son una muestra clara de la tendencia, cada vez mayor, que promueven algunos actores del mercado del medicamento para reducir el papel del farmacéutico a un mero operador logístico.
¿Resulta exagerado pensar que estos soportes electrónicos podrían servir algún día para que, además de la prescripción, la receta tenga impresa una farmacia donde adquirir el medicamento?
Y un poco más allá, cuando también descartemos el papel y usemos una tarjeta electromagnética que guarde la historia clínica y la prescripción, ¿podrán direccionarse los pacientes a un grupo elegido de farmacias?
La presencia del papel, las firmas y los sellos de los profesionales no han evitado el lento proceso de concentración de poder de un sector del mercado del medicamento, pero nos ha permitido exigir que se cumplan las leyes y algunos controles, mínimos, para aminorar ese proceso.
Debemos advertir a las autoridades nacionales, provinciales, farmacéuticas o no, sobre los riesgos que implican estas prácticas, en nombre de las nuevas tecnologías, que facilitan el tráfico de datos sensibles y un control cada vez mayor de sus negocios.
La aplicación que usarán los médicos para hacer las recetas, por ejemplo, ¿reconocerán solamente monodrogas en la prescripción o permitirán marcas?
¿Cómo intervenimos los farmacéuticos en las discusiones sobre los nuevos soportes digitales para elaborar documentos con valor legal?
Usted ¿qué opina? (abajo puede dejar su comentario)
Ya llegó la receta electrónica!
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Contestacion A un articulo del ultimo ComprimidoConsidero que los Dres. tendran que cumplir con la ley donde se debe prescribir por genericos, significa nombre de la droga y asociaciones,dosis, forma farmaceuticay tamaño del envase. Si quiere poner nombre comercial que este incluido en el vademecum ambulatorio de Pami, mucho mejor. Lo que debe cumplir tambien en los cronicos ( 100%) debe colocar el nombre comercial de la autorizacion hecha en la Delegacion Pami. Esto estaria en el Sistema y nosotros tendriamos que tener la informacion que tiene Pami como en otros paises, donde en nuestras farmacias sabemos cual fue la ultima vez que compro esa persona, donde y que cantidad de cajas.
ResponderEliminarSaludos Ana Maria Mar del Plata